Resumen: Delito de constitución de grupo organizado terrorista. Arts. 571 y 572 CP. El TS establece la graduación de las responsabilidades penales en los dos apartados del art. 572 CP, en orden a la delimitación de las conductas de cada uno de los intervinientes. Asimismo, examina su diferencia con las conductas del art. 577 CP de los meros actos de colaboración como actos ad extra, a diferenciar con la integración en la organización o grupo terrorista como actos ad intra. Declara la validez de la intervención del agente encubierto en la investigación llevada a cabo dentro del grupo terrorista. Doctrina de la Sala sobre la validación de la intervención del agente encubierto y su diferencia con el delito provocado. Finalmente, el TS realiza un análisis del medio de prueba relativo a la prueba pericial de inteligencia y recuerda que es una modalidad probatoria no reglada o mencionada de forma explícita en los textos legales, pero ello no le quita un ápice de virtualidad probatoria, en cuanto constituye un conjunto amalgamado de elementos probatorios nominados y catalogados jurídicamente.
Resumen: Las exigencias del TJUE en nuestra normativa interna, tanto la protección del derecho a la intimidad como el principio de proporcionalidad, están sujetas a la autorización de una autoridad independiente de la administrativa cual es la judicial, y se contraen a la investigación y enjuiciamiento de delitos graves contemplados en el Código Penal y en las leyes penales especiales, de forma que en cada caso será el Juez el que decida la cesión de los datos de tráfico en las comunicaciones electrónicas. La segunda resolución revistió forma de providencia y no de auto, lo que aun suponiendo un déficit, carece de efecto anulatorio, aunque de manera excepcional, se trata de injerencias de menor intensidad, e integrada con la solicitud a la que se remite. El ordenador es un instrumento para la emisión o recepción de correos electrónicos, pudiendo quedar afectado no solo el derecho al secreto de las comunicaciones, sino también el derecho a la intimidad personal, en la medida en que estos correos o email, escritos o ya leídos por su destinatario, quedan almacenados en la memoria del terminal informático utilizado. La doctrina científica y jurisprudencial considera el delito de tenencia ilícita de armas como un delito permanente, en cuanto la situación antijurídica se inicia desde que el sujeto tiene el arma en su poder y se mantiene hasta que se desprende de ella. Los delitos contra las personas que se puedan perpetrar con ocasión de un atentado no son consumidos por este.
Resumen: La sentencia resuelve sobe la vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Doctrina de la Sala Segunda. Se analiza la Valoración de la prueba en relación con las exigencias jurisprudenciales. Infracción de ley. Atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas. Precisa la sentencia que ni fue alegada en la instancia, ni es apreciable ahora.